Login

Lost your password?
Don't have an account? Sign Up

DASUTeN Delegación INSPT

Horario de Atención

Lunes a viernes de 9.00 a 19.00 hs.

Teléfono

Lunes a viernes de 9 a 19 Hs.
Tel 11-2786-4371

Guardias

ODONTOLÓGICAS

ODONTOLOGÍA CENTRO

FLORIDA 686 2º P DEPTO. B

TEL. 4325-8171

FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA UBA (FOUBA)

MARCELO TORCUATO DE ALVEAR 2142

CLÍNICAS

HOSPITAL ALEMÁN

AVDA. PUEYRREDON 1640

TEL. 4827-7000

Urgencias Médicas / Médico a Domicilio

VITTAL: 4805-4545/ 4000-8888

CARDIO SUR: 0810-220-6060

 

Solicitud de bonos

Recuerden que para solicitar bonos por favor, deben enviar Nombre y Apellido ó Numero de DNI ó Número de afiliado, archivo en formato PDF, lugar donde se realiza la prestación y aclarar cantidad de cuotas si fuese necesario; al mail dasuteninspt@utn.edu.ar de esta manera agilizaremos la atención

Recetas

Plan Materno Infantil:

Las prescripciones se reconocerán presentando la credencial de afiliado que certifique vigencia de cobertura P.M.I. (Plan Materno Infantil). Esta credencial se generará de la misma forma que se genera un certificado provisorio, pero en este caso contendrá la leyenda “PMI”, y la vigencia que abarca el plan, por lo tanto ya no se usará más el “Bono PMI”.
  • Tratamiento Prolongado:
Continuará la metodología actual, esto quiere decir, que se reconocerán todos los medicamentos de venta bajo receta oficial D.A.S.U.Te.N. y con troquel (prescriptos por su nombre genérico, según Ley 25649) incluidos en el Manual Farmacéutico o Agenda Kairos. Y los mismos deberán llevarlos impresos.
  • Personas Con Discapacidad:
Se deberá contar con el C.U.D. (Certificado Único de Discapacidad) y con receta médica según requisitos vigentes por el Ministerio de Salud, por lo tanto ya no se usará más el “Bono de Discapacidad”
 
  • Leches maternizadas y medicamentosas:
Deben estar prescriptas en receta oficial D.A.S.U.Te.N. pre-impresa (simil receta de TRATAMIENTO PROLONGADO) autorizadas por un médico auditor.
Recordatorio: D.A.S.U.Te.N. no reconoce leches enteras.
 
  • Plan General:
Se reconocerán todos los medicamentos de venta bajo receta médica según requisitos vigentes por el Ministerio de Salud, en formato papel, bajo las siguientes condiciones:
-     membrete de institución o del médico, o bien, sello del médico con especialidad y tipo y número habilitante de matrícula.
-     datos del afiliado (nombre completo, número de afiliado, DNI)
-     diagnóstico
-     firma y sello del médico.

-     fecha de prescripción.